⚠ En obras // parte v

Capítulo 16. Calidad, coordinación y trabajo en equipo

Revisado el 2026-10-18.

Una programación no se hace en solitario ni se guarda en cualquier sitio. Este capítulo trata la coordinación con el departamento y el equipo docente, la programación compartida entre módulos, el trabajo con documentos digitales y la protección de datos del alumnado. La norma estatal da el marco y cada comunidad lo concreta: los recuadros «En Aragón» son un ejemplo; lo que rige en tu comunidad está en la página CCAA.

16.1 Coordinación con el departamento y el equipo docente

La norma de Aragón reparte quién hace qué. El proyecto curricular lo elabora el equipo docente de la oferta, y un órgano de coordinación lo impulsa y supervisa:

Norma · Aragón

«La Comisión de Coordinación Pedagógica o, en su caso, el órgano de coordinación didáctica que corresponda, impulsará y supervisará la elaboración o la revisión del Proyecto Curricular de cada oferta, realizado por el equipo docente de la oferta correspondiente»

Fuente: Decreto 91/2024 (Aragón), art. 99.3

En la práctica, coordinarse significa tres cosas concretas (guía del autor):

QuéCon quiénCuándo
Acordar criterios comunes (umbrales, redondeo, plazos)Departamento y equipo docenteAntes de empezar el curso
Repartir RA compartidos y proyecto intermodularEquipo docente del cicloInicio del curso y tras cada evaluación
Compartir materiales, pruebas e instrumentosDepartamentoDurante el curso

La calidad y la mejora continua son una línea de trabajo del sistema, no solo del centro:

Norma · Aragón

«promoverá medidas para la calidad y la mejora continua de las enseñanzas de Formación Profesional en los centros docentes públicos»

Fuente: Decreto 91/2024 (Aragón), art. 111.1

Si tu centro tiene un equipo o sistema de calidad, tus indicadores (capítulo 15) son su materia prima: pregunta qué formatos usa y adáptate a ellos.

Si un criterio de calificación o un plazo se decide en el departamento, que quede por escrito en acta: es la prueba de que lo acordado era común y no una decisión tuya.

16.2 Programar entre varios: módulos que comparten proyecto o reto

Cuando varios módulos comparten un proyecto o reto, hay que decidir si la programación es una o varias. Aragón admite las dos:

Norma · Aragón

«Éstas podrán elaborarse de forma conjunta o por módulos»

Fuente: Decreto 91/2024 (Aragón), art. 109.5

Y exige que el equipo acuerde qué competencias se evalúan y se califican:

Norma · Aragón

«Consensuará las competencias profesionales y para la empleabilidad que se van a trabajar, evaluar y calificar.»

Fuente: Decreto 91/2024 (Aragón), art. 109.7

Qué conviene acordar antes de empezar (propuesta del autor):

  • Qué RA y criterios de cada módulo se evalúan en el reto, y quién los califica.
  • Qué entregable corresponde a cada módulo y con qué rúbrica.
  • Calendario común de hitos, con fechas que no choquen con las pruebas de otros módulos.
  • Qué pasa con quien no puede seguir el reto (convalidaciones, pérdida de evaluación continua): una alternativa evaluable.

16.3 Digitalizar el trabajo: documentos, plantillas y copias de seguridad

El real decreto admite los documentos de evaluación en papel o en soporte electrónico, con garantías:

Norma

«Los documentos oficiales de evaluación y restante documentación podrán estar extendidos tanto en soporte papel, como electrónico, siempre que, en este último caso, quede garantizada su autenticidad, integridad, conservación»

Fuente: RD 659/2023, art. 20.3

Para tu programación y tus registros, el orden de trabajo básico (guía del autor):

  1. Una carpeta por módulo y curso, con la programación vigente, los instrumentos, las rúbricas y las evidencias.
  2. Nombres de fichero con versión y fecha (por ejemplo, programacion-modulo-v2-2026-09-30).
  3. Una copia de seguridad fuera del equipo del aula, comprobada alguna vez (restaurar un fichero).
  4. Plantillas para lo que repites: ficha de unidad, rúbrica, informe de reclamación.

16.4 Protección de datos del alumnado

Los datos del alumnado (notas, informes, historiales) son datos personales. El real decreto remite a la legislación de protección de datos y fija la obligación de cumplirla:

Norma

«se estará a lo dispuesto en la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal»

Fuente: RD 659/2023, art. 20.2

Y para los soportes electrónicos exige además cumplir la ley orgánica de protección de datos:

Norma

«y se cumplan las garantías y los requisitos establecidos por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre»

Fuente: RD 659/2023, art. 20.3

Reglas prácticas de prudencia (guía del autor; tu centro puede tener un protocolo más concreto):

  • Usa las plataformas autorizadas por el centro para guardar y compartir datos del alumnado; no servicios personales sin autorización.
  • No mezcles datos personales con los materiales que compartes entre docentes: anonimiza o usa códigos.
  • Evita enviar notas o informes por canales sin garantías (mensajería personal).
  • Conserva solo lo necesario y durante el plazo que fije tu comunidad (capítulo 11).
  • Ante una duda concreta, consulta al responsable de protección de datos o a la dirección del centro antes de actuar.

En resumen

  • La programación debe encajar con el proyecto curricular que elabora el equipo docente y supervisa la coordinación pedagógica.
  • Deja por escrito en acta los criterios comunes del departamento.
  • Si varios módulos comparten un proyecto, la programación puede ser conjunta o por módulos, pero hay que consensuar competencias, entregables y calendario.
  • Trabaja con versiones, copias de seguridad y plantillas; los documentos electrónicos deben garantizar autenticidad, integridad y conservación.
  • Los datos del alumnado se protegen según la ley; usa las plataformas autorizadas y, ante la duda, consulta.

Referencias

Decreto 91/2024, de 5 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la ordenación de la Formación Profesional del Grado D y del Grado E en la Comunidad Autónoma de Aragón. (2024). Boletín Oficial de Aragón, 109, de 6 de junio de 2024. https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VERDOC&BASE=BOLE&SEC=BUSQUEDA_AVANZADA&SEPARADOR=&DOCN=007941532

Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional. (2023). Boletín Oficial del Estado, 174, de 22 de julio de 2023, 106265-106464. Texto consolidado. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-16889

Texto bajo licencia CC BY-NC-SA 4.0. Las citas de normas se reproducen solo en lo imprescindible, con su referencia. Si ves algún error, escríbeme.