⚠ En obras // parte iv

Capítulo 13. El proyecto intermodular

Revisado el 2026-10-17.

El proyecto intermodular es una novedad del sistema único: un proyecto por ciclo que integra lo aprendido y se defiende ante el equipo docente. Este capítulo explica qué es, cómo se organiza y cómo se califica de forma individual un trabajo que suele ser de grupo. La norma estatal da el marco y cada comunidad lo concreta (tribunal, pesos, número de participantes): los recuadros «En Aragón» son un ejemplo; lo que rige en tu comunidad está en la página CCAA. La parte de grado medio (Orden ECD/842/2024) se cita aquí; la de grado superior tiene su propia orden (ECD/843/2024) y conviene comprobarla.

13.1 Qué es y qué no es

La LO 3/2022 lo define como un proyecto integrador con seguimiento:

Norma

«Existirá un seguimiento y tutorización individual y colectiva del proyecto»

Fuente: LO 3/2022, art. 41.1

Y fija su duración mínima y su defensa:

Norma

«el proyecto intermodular podrá tener carácter anual o bienal, con una duración mínima de 25 horas en cada curso y deberá defenderse ante el equipo docente»

Fuente: LO 3/2022, art. 41.3

El real decreto lo sitúa en el ciclo (capítulo 6): es uno por ciclo y se desarrolla en paralelo a los módulos (RD 659/2023, art. 96.3). Dicho lo que es, conviene aclarar lo que no es:

EsNo es
Un proyecto que integra los RA de varios módulosUn módulo más con sus contenidos propios
Un trabajo con seguimiento y tutorización durante el cursoUn trabajo que se hace al final y se entrega
Un trabajo con RA y criterios de evaluación propios (los del currículo del proyecto)Una suma de notas de otros módulos
Un elemento que se defiende ante el equipo docenteUn examen escrito

La ley admite incluso que el currículo entero se organice en proyectos intermodulares (art. 41.4), siempre respetando todos los RA.

Para la programación, la regla es la de los demás módulos: sus referentes son los RA y criterios de su currículo.

Norma · Aragón

«Los referentes para la programación y evaluación del Proyecto serán los resultados de aprendizaje y criterios de evaluación indicados en los correspondientes currículos.»

Fuente: Decreto 91/2024 (Aragón), art. 10.2

13.2 Retos, equipos y tutorización

Cómo se organiza lo decide cada comunidad y cada centro. En Aragón, el proyecto de grado medio sigue una metodología de proyectos o retos que activa RA de varios módulos, y es grupal con un tope de participantes:

Norma · Aragón

«Cada equipo docente deberá diseñar uno o varios proyectos y/o retos para cada proyecto que impliquen la activación de varios resultados de aprendizaje contenidos en más de un módulo profesional del ciclo.»

Fuente: Orden ECD/842/2024 (Aragón), art. 10.2

Norma · Aragón

«El Proyecto intermodular tendrá carácter grupal, con un máximo de tres participantes, salvo excepciones justificadas que deberán ser debidamente autorizadas por la Dirección del centro, previo informe favorable del equipo docente.»

Fuente: Orden ECD/842/2024 (Aragón), art. 10.5

Norma · Aragón

«Especificaciones y alcance del trabajo a realizar que, en todo caso, deberán ser validadas por el Departamento de Familia Profesional correspondiente antes de ser presentadas al alumnado.»

Fuente: Decreto 91/2024 (Aragón), art. 10.3

Qué conviene tener escrito en tu programación (propuesta del autor):

  • Qué RA y criterios del proyecto se trabajan y con qué módulos se coordina.
  • Calendario de hitos con entregas parciales (no una sola entrega final).
  • Cómo es el seguimiento: sesiones periódicas, qué se revisa en cada una y qué registro queda.
  • Cómo se forman los equipos y qué hacer si alguien deja de participar.

13.3 Calificar un proyecto de grupo de forma individual

La norma lo dice claramente: aunque el trabajo sea grupal, la evaluación es individual.

Norma · Aragón

«La evaluación del Proyecto intermodular se llevará a cabo de manera individual para cada alumno/a y se tomarán como referencia los resultados de aprendizaje y criterios de evaluación indicados en el currículo.»

Fuente: Decreto 91/2024 (Aragón), art. 30.1

Y en Aragón la nota final se reparte entre el tribunal y el profesor del proyecto:

Norma · Aragón

«El tribunal, una vez leído el trabajo y realizada la defensa pública, otorgará una puntuación al/a la alumno/a que supondrá el 40% de la calificación final del Proyecto intermodular.»

Fuente: Decreto 91/2024 (Aragón), art. 30.4

Norma · Aragón

«le concederá a su vez una puntuación que supondrá el 60% de la calificación final»

Fuente: Decreto 91/2024 (Aragón), art. 30.4

En ese reparto, el 60 % del profesor se apoya en el proceso de elaboración y en la presentación, y el 40 % del tribunal, en el trabajo leído y la defensa. Cómo llegar a una nota individual cuando el trabajo es grupal (propuesta del autor, comprueba si tu norma lo permite):

Fuente de evidenciaQué aporta a la nota individual
Parte común del trabajoUna nota de grupo por el producto (calidad técnica, cumplimiento de requisitos)
Partes individualesTareas asignadas a cada persona, con evidencias propias
SeguimientoRegistro de aportaciones: reuniones, entregas, repositorio con historial
DefensaPreguntas individuales sobre el trabajo, no solo sobre la parte propia
CoevaluaciónOpinión del equipo (como información, no como nota, salvo que la norma lo permita)

La clave es que el alumno que no haya participado no pueda aprobar con el trabajo de los demás, y que quien trabaja más no se vea perjudicado: eso se garantiza con partes individuales evaluables y con la defensa.

13.4 Defensa y evidencias

La defensa es obligatoria y pública. En Aragón se hace ante un tribunal del equipo docente, del que el profesor del proyecto queda excluido:

Norma · Aragón

«La evaluación requerirá la presentación y defensa pública por parte del/de la alumno/a del Proyecto realizado ante una representación del equipo docente del Ciclo Formativo, constituida por, al menos, tres miembros del mismo, que a tales efectos, actuará como tribunal.»

Fuente: Decreto 91/2024 (Aragón), art. 30.2

Norma · Aragón

«no podrá formar parte del tribunal.»

Fuente: Decreto 91/2024 (Aragón), art. 30.2

Qué se espera del alumnado en la defensa:

Norma · Aragón

«Deberá defender el Proyecto intermodular justificando las decisiones adoptadas, y respondiendo adecuadamente a las preguntas formuladas por el tribunal.»

Fuente: Decreto 91/2024 (Aragón), art. 30.3

Evidencias que conviene conservar para poder justificar la nota (guía del autor): el trabajo entregado y sus versiones, el registro de seguimiento, la rúbrica rellenada por cada evaluador, el acta de la defensa con las preguntas y las respuestas, y la hoja de cálculo de la nota (60 % y 40 %, o lo que fije tu norma). Son las mismas que se aportarían ante una reclamación (capítulo 11).

En resumen

  • El proyecto intermodular es uno por ciclo, integrador, con seguimiento durante el curso y defensa ante el equipo docente.
  • Sus referentes son los RA y criterios de su currículo; la programación del módulo debe fijar alcance, normas y formato.
  • Puede ser grupal, pero la evaluación es individual (en Aragón, con tope de tres participantes).
  • En Aragón la nota se reparte 60 % profesor y 40 % tribunal, y el profesor del proyecto no forma parte del tribunal.
  • Conserva evidencias: versiones, seguimiento, rúbricas y acta de la defensa.

Referencias

Decreto 91/2024, de 5 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la ordenación de la Formación Profesional del Grado D y del Grado E en la Comunidad Autónoma de Aragón. (2024). Boletín Oficial de Aragón, 109, de 6 de junio de 2024. https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VERDOC&BASE=BOLE&SEC=BUSQUEDA_AVANZADA&SEPARADOR=&DOCN=007941532

Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional. (2022). Boletín Oficial del Estado, 78, de 1 de abril de 2022, 43546-43625. Texto consolidado. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-5139

Orden ECD/842/2024, de 25 de julio, por la que se regulan aspectos organizativos del currículo y se establecen los currículos de determinados Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio para la Comunidad Autónoma de Aragón. (2024). Boletín Oficial de Aragón, 148, de 31 de julio de 2024. Texto consolidado. https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VERDOC&BASE=BOLE&SEC=BUSQUEDA_AVANZADA&DOCN=007942792

Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional. (2023). Boletín Oficial del Estado, 174, de 22 de julio de 2023, 106265-106464. Texto consolidado. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-16889

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