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Capítulo 1. La FP ha cambiado de sistema

Revisado el 2026-10-17.

La formación profesional (FP) del sistema educativo ya no se rige por la ordenación de 2011, sino por un sistema único e integrado con cinco grados. Este capítulo explica qué ha cambiado y qué significa para quien programa un módulo.

1.1 De los ciclos LOE al sistema único de formación profesional

Hasta ahora, los ciclos formativos se ordenaban con el Real Decreto 1147/2011. La Ley Orgánica 3/2022 (LO 3/2022) cambió el planteamiento: la FP pasa a ser un solo sistema, con la misma lógica para estudiar, formarse en la empresa y acreditar competencias.

Norma

«Esta ley tiene por objeto la constitución y ordenación de un sistema único e integrado de formación profesional.»

Fuente: LO 3/2022, art. 1.1 (texto consolidado, consultado el 7 de octubre de 2026)

La ley la desarrolla el Real Decreto 659/2023 (RD 659/2023), que además derogó la ordenación anterior:

Norma

«Queda derogado el Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo»

Fuente: RD 659/2023, disposición derogatoria única, apartado 2 (texto consolidado, consultado el 7 de octubre de 2026)

Dos cosas más conviene saber:

  • Los títulos se adaptan por real decreto. En lugar de rehacer cada título, el Gobierno modificó los existentes (por ejemplo, los RD 499/2024 para grado medio y 500/2024 para grado superior). Entre otros cambios, estos reales decretos suprimen los módulos de Formación y orientación laboral, Empresa e iniciativa emprendedora y Formación en centros de trabajo.
  • La implantación es gradual. La propia ley obligó al Gobierno a aprobar un calendario de implantación (LO 3/2022, disposición final quinta). Cada comunidad lo concreta por cursos: por ejemplo, en Aragón el currículo del primer curso de los ciclos de grado medio se implantó en 2024/2025 y el del segundo en 2025/2026.
Norma

«Se suprimen los siguientes módulos profesionales»

Fuente: RD 499/2024, artículo cuarto, apartado Uno.c).1.º (modificación del artículo relativo a los módulos profesionales)

Norma

«En el curso 2025/2026 se implantará el currículo del segundo curso de todos los Ciclos Formativos de Grado Medio»

Fuente: Orden ECD/842/2024 (Aragón), disposición final primera, apartado 3

1.2 Los cinco grados, los tres niveles y dónde está tu ciclo

El sistema se organiza en cinco grados (A, B, C, D y E) y tres niveles de competencia (1, 2 y 3):

Norma

«Cinco grados ascendentes (A, B, C, D y E)»

Fuente: LO 3/2022, art. 5.3.a)

GradoQué esNiveles
AAcreditación parcial de competencia1, 2 o 3
BCertificado de competencia1, 2 o 3
CCertificado profesional1, 2 o 3
DCiclo formativo de grado básico, medio o superior1, 2 o 3, respectivamente
ECurso de especialización, de grado medio o superior2 o 3, respectivamente

Fuente de la tabla: RD 659/2023, art. 4.1.

Si das clase en un ciclo formativo, tu oferta es de Grado D. Un curso de especialización es de Grado E. Los grados A, B y C son más cortos y se integran en los D: un módulo puede formar parte, a la vez, de un ciclo y de un certificado profesional.

Norma

«Grado D. Ciclo formativo de grado básico, grado medio o grado superior (niveles 1, 2 o 3 respectivamente).»

Fuente: RD 659/2023, art. 4.1.d)

1.3 Qué cambia para quien programa: resultados de aprendizaje, periodo de formación en empresa, proyecto intermodular

Para quien programa un módulo, estos son los cambios que más pesan:

  • Los resultados de aprendizaje (RA) y sus criterios de evaluación son el referente. La evaluación verifica los RA; la nota es numérica, de 1 a 10, sin decimales (RD 659/2023, art. 18.1 y 18.8). Se trata en los capítulos 9 y 10.
  • El módulo ya no es obligatoriamente la unidad de trabajo. Un centro puede organizar el currículo de otro modo, siempre que respete todos los RA.
  • La formación en empresa forma parte del currículo. Ya no es un módulo aparte (FCT): comparte RA con los módulos del centro (RD 659/2023, art. 9). Se trata en el capítulo 12.
  • Hay un proyecto intermodular. Es uno por ciclo y se defiende ante el equipo docente (LO 3/2022, art. 41; RD 659/2023, art. 96.3). Se trata en el capítulo 13.
  • Aparecen módulos transversales. Itinerario personal para la empleabilidad I y II, Digitalización aplicada, Sostenibilidad aplicada e Inglés profesional (RD 659/2023, art. 96.1.a).
  • Hay un módulo optativo de 80 horas de currículo básico (RD 659/2023, arts. 96.1.b y 102).
Norma

«El módulo profesional puede o no mantenerse como tal en la organización de la programación de los procesos de enseñanza-aprendizaje en los centros del Sistema de Formación Profesional»

Fuente: RD 659/2023, art. 11.2

Norma

«El Proyecto intermodular tendrá carácter integrador de las competencias adquiridas, y será uno durante el ciclo formativo.»

Fuente: RD 659/2023, art. 96.3

1.4 Un mapa de normas: ley, real decreto, norma de tu comunidad y norma del centro

Programar bien exige saber qué norma manda en cada cosa. Del nivel más general al más concreto:

NivelNormaQué fija
LeyLO 3/2022El sistema único, los grados, el proyecto intermodular, la formación en empresa
EstatalRD 659/2023, modificado por el RD 658/2024Currículo básico, evaluación y calificación, formación en empresa, módulos de los ciclos
EstatalSentencia del Tribunal Constitucional 82/2025Anula algunos incisos del RD 659/2023, por ejemplo uno del art. 155.2 en su aplicación a los grados D y E
EstatalRD 499/2024 (grado medio) y RD 500/2024 (grado superior)Adaptan los títulos al nuevo sistema
ComunidadDecreto de ordenación y órdenes de currículo (en Aragón, el Decreto 91/2024 y las Órdenes ECD/842 y 843/2024)Currículo de cada título, convocatorias, proyecto intermodular, evaluación
CentroProyecto curricular y programaciones didácticasCómo se aplica todo lo anterior en cada ciclo y módulo

Lo que cambia según la comunidad está en los anexos autonómicos de este libro, uno por comunidad, en la página CCAA. En el cuerpo de los capítulos se usa Aragón como ejemplo y se avisa siempre.

En resumen

  • La FP del sistema educativo es un sistema único desde la LO 3/2022; el RD 659/2023 la desarrolla y deroga el RD 1147/2011.
  • Hay cinco grados y tres niveles; un ciclo formativo es de Grado D.
  • Para programar, los cambios clave son: RA como referente, nota entera de 1 a 10, formación en empresa dentro del currículo, proyecto intermodular y módulos transversales.
  • La norma tiene capas: ley, real decreto, comunidad y centro.

Referencias

Decreto 91/2024, de 5 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la ordenación de la Formación Profesional del Grado D y del Grado E en la Comunidad Autónoma de Aragón. (2024). Boletín Oficial de Aragón, 109, de 6 de junio de 2024. https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VERDOC&BASE=BOLE&SEC=BUSQUEDA_AVANZADA&SEPARADOR=&DOCN=007941532

Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional. (2022). Boletín Oficial del Estado, 78, de 1 de abril de 2022, 43546-43625. Texto consolidado. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-5139

Orden ECD/842/2024, de 25 de julio, por la que se regulan aspectos organizativos del currículo y se establecen los currículos de determinados Ciclos Formativos de Formación Profesional de Grado Medio para la Comunidad Autónoma de Aragón. (2024). Boletín Oficial de Aragón, 148, de 31 de julio de 2024. Texto consolidado. https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VERDOC&BASE=BOLE&SEC=BUSQUEDA_AVANZADA&DOCN=007942792

Real Decreto 499/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado medio y se fijan sus enseñanzas mínimas. (2024). Boletín Oficial del Estado. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2024-10684

Real Decreto 500/2024, de 21 de mayo, por el que se modifican determinados reales decretos por los que se establecen títulos de Formación Profesional de grado superior y se fijan sus enseñanzas mínimas. (2024). Boletín Oficial del Estado, 129, de 28 de mayo de 2024. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2024-10685

Real Decreto 658/2024, de 9 de julio, por el que se modifican el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero, y el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio. (2024). Boletín Oficial del Estado, 166, de 10 de julio de 2024, 86583-86602. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2024-14079

Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional. (2023). Boletín Oficial del Estado, 174, de 22 de julio de 2023, 106265-106464. Texto consolidado. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2023-16889

Sentencia 82/2025, de 26 de marzo de 2025 (Pleno), conflicto positivo de competencia 7212-2023. (2025). Boletín Oficial del Estado, 109, de 6 de mayo de 2025, 60468-60507. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2025-8977

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