⚠ En obras // capítulo 5 · metodologías: cómo vas a enseñar

5.3 Atención a la diversidad

En la aplicación: /metodologias?tab=diversidad

Revisado el 2026-10-11 con Cuaderno FP v26.10.8.

Aquí recoges cómo atiendes las diferencias individuales del alumnado. Marcas las medidas de inclusión que aplicas, describes tu plan DUA (diseño universal para el aprendizaje) y registras al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo (ACNEAE).

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Pestaña Atención a la diversidad

La norma incluye la atención a la diversidad entre los elementos obligatorios de la programación:

Norma

«La atención a las diferencias individuales.»

Fuente: Decreto 91/2024, art. 100.2.j, texto de 2024

5.3.1 Marco de inclusión

El primer bloque se llama Marco de inclusión (D 91/2024, art. 29). Empieza con las medidas generales que puedes marcar:

CódigoMedida
NIVELActividades multinivel
AGRUPAgrupamientos flexibles y tutoría
TIEMPOFlexibilización en tiempos
MATERIALAdaptación de materiales
ACNSAdaptaciones curriculares no significativas
AMPLIAAmpliación (altas capacidades)

Después hay cuatro textos: Adaptaciones curriculares no significativas, Medidas de flexibilización, Atención a la diversidad e Inclusión: resumen general.

La norma regula la evaluación del alumnado con discapacidad:

Norma

«Estas adaptaciones en ningún caso se tendrán en cuenta para minorar las calificaciones obtenidas.»

Fuente: Decreto 91/2024, art. 29.3, texto de 2024

Esa frase se refiere a las medidas de flexibilización en la lengua extranjera. En general, el artículo 29 establece que:

  • Se aplican las adaptaciones no significativas que fije la normativa de intervención educativa inclusiva de Aragón.
  • La evaluación debe tener adaptaciones de tiempo y medios apropiadas.
  • Hay que asegurar que el alumno alcanza todos los resultados de aprendizaje (Decreto 91/2024, 2024, art. 29.1 y 29.2).

5.3.2 Plan de atención a la diversidad (DUA)

El DUA busca que el aula sea accesible para todos desde el principio, en lugar de adaptar caso por caso. En el bloque Plan de atención a la diversidad (DUA) rellenas una tabla con una fila por medida:

ColumnaQué escribes
IdDUA01, DUA02…
Alumnado y aulaA quién o a qué situación se refiere
Barrera detectadaQué dificulta el aprendizaje
Medida metodológicaQué cambias en tu forma de enseñar
Medida de accesoQué cambias en materiales, espacios o apoyos
Medida de evaluaciónQué cambias en la forma de evaluar

El botón Añadir medida de diversidad añade una fila. Con la × la eliminas.

5.3.3 Panel de alumnado ACNEAE

El último bloque, Panel de ACNEAE, es un registro del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo y de sus adaptaciones. Se rellena con Añadir alumno.

Ese recuento alimenta el dato de ACNEAE de la pestaña Alumnado de Contexto (apartado 3.3).

Norma

«Quedan prohibidos el tratamiento de datos personales que revelen el origen étnico o racial, las opiniones políticas, las convicciones religiosas o filosóficas, o la afiliación sindical, y el tratamiento de datos genéticos, datos biométricos dirigidos a identificar de manera unívoca a una persona física, datos relativos a la salud o datos relativos a la vida sexual o las orientación sexuales de una persona física.»

Fuente: Reglamento (UE) 2016/679, art. 9.1 (el apartado 2 del mismo artículo prevé excepciones).

En resumen

  • Marca las medidas de inclusión que aplicas y describe tu plan DUA con la tabla de barreras y medidas.
  • El panel de ACNEAE registra al alumnado con necesidades de apoyo; su recuento llega a Contexto.
  • Los datos de salud o discapacidad son especialmente sensibles: consulta con tu centro antes de guardarlos.

Referencias

Decreto 91/2024, de 5 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se establece la Ordenación de la Formación Profesional del Grado D y del Grado E en la Comunidad Autónoma de Aragón. (2024). Boletín Oficial de Aragón, 109, de 6 de junio de 2024. https://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VERDOC&BASE=BOLE&SEC=BUSQUEDA_AVANZADA&SEPARADOR=&DOCN=007941532 Texto original, modificado después por el Decreto 107/2025, de 10 de septiembre (Boletín Oficial de Aragón, 181, de 18 de septiembre de 2025). Consulte la versión consolidada vigente.

Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de protección de datos). (2016). Diario Oficial de la Unión Europea, L 119, 1-88. https://www.boe.es/doue/2016/119/L00001-00088.pdf

Sanz Prades, R. (2026). Cuaderno FP (v26.10.8) [Software]. GitHub. https://github.com/rafaelsanzprades/CuadernoFP

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