Si en casa se está pensando en la Formación Profesional (FP), este artículo cuenta en pocas líneas qué es, qué incluye, adónde lleva y qué puede hacer la familia. Está escrito para quien no conoce el sistema; los detalles, con las normas, están en los artículos enlazados.
Las citas son de la Ley Orgánica 3/2022, de la Ley Orgánica 2/2006 (LOE) y del Real Decreto 534/2024.
1.1 Qué es la FP
La FP es una formación que une el aula y la empresa para preparar a una persona para ejercer una profesión. Desde 2022 es un único sistema, ordenado en cinco grados, de la A a la E, que van desde una acreditación parcial hasta un curso de especialización (lo vemos en el artículo 1).
Para quien sale de la ESO, lo que importa son los ciclos formativos (grado D):
| Ciclo | Título que se obtiene | Se entra con… |
|---|---|---|
| Grado básico | Técnico Básico (y Graduado en ESO) | 15 años y 3.º de ESO, por propuesta del equipo docente |
| Grado medio | Técnico | Graduado en ESO o Técnico Básico |
| Grado superior | Técnico Superior | Bachiller o Técnico |
Hay más vías de entrada (curso preparatorio, prueba de acceso); están en el artículo 8.
1.2 Todos los ciclos incluyen formación en empresa
Una parte del ciclo se hace en una empresa. La ley lo dice así:
Norma«Todos los ciclos formativos se desarrollarán, con carácter dual, entre el centro de formación y la empresa, incluyendo una fase de formación en empresa»
Fuente: Ley Orgánica 3/2022, art. 40.3 (BOE, 78, de 1 de abril de 2022)
Tres cosas que conviene saber como familia:
- No son «prácticas»: la ley las considera formación del currículo, que se evalúa, y la persona en formación no puede sustituir a ningún trabajador.
Norma«Tendrá consideración de formación curricular, en cuanto que contribuye a la adquisición de los resultados de aprendizaje del currículo y, en ningún caso, tendrá la consideración de prácticas ni supondrá la sustitución de funciones que corresponden a un trabajador o trabajadora.»
Fuente: Ley Orgánica 3/2022, art. 57.3.f (BOE, 78, de 1 de abril de 2022)
- Hay que tener 16 años cumplidos y haber superado antes la formación en prevención de riesgos laborales, que imparte el centro (art. 57.3.d).
- Cada estudiante tiene dos tutores: uno del centro y otro de la empresa (artículo 22).
La FP dual es la que dedica más tiempo a la empresa: en el régimen general, entre el 25 y el 35 % del ciclo (la ley permite bajar al 20 % en las ofertas de nivel 1) y sin contrato; en el intensivo, más del 35 %, con contrato de formación. Lo explica el artículo 21.
1.3 Adónde lleva cada título
La FP no es un callejón sin salida:
- Con el título de Técnico (grado medio) se puede pasar a un ciclo de grado superior, sin pasar por el Bachillerato (LO 3/2022, art. 47.2).
- Con el título de Técnico Superior se puede acceder a la universidad sin prueba de acceso; para la admisión cuenta la nota media del ciclo (RD 534/2024, arts. 5 y 23.2).
- Quien no termina un ciclo recibe una certificación de los módulos superados, con efectos de acreditación parcial acumulable (LOE, art. 44.4).
El mapa completo está en el artículo 7.
1.4 ¿Y las salidas de trabajo?
La propia ley dice, en su preámbulo, que la FP ayuda a encontrar empleo:
Norma«La elevada tasa de desempleo juvenil española desciende más de cinco veces entre titulados de Formación Profesional.»
Fuente: Ley Orgánica 3/2022, preámbulo (BOE, 78, de 1 de abril de 2022)
1.5 ¿Cuánto cuesta y hay ayudas?
El coste de matrícula, material y desplazamientos depende del centro, de la comunidad autónoma y del ciclo: hay que preguntarlo en el centro. Lo que sí está recogido es que el Ministerio convoca cada año becas para los ciclos de grado básico, medio y superior; las cuantías y los plazos están en el artículo 11.
1.6 Qué puede hacer la familia ahora
En resumen
- La FP es un sistema único con cinco grados; para quien sale de la ESO, los ciclos de grado básico, medio y superior.
- Todos los ciclos incluyen formación en empresa, que no son prácticas y empieza a los 16 años.
- Cada título abre la puerta al siguiente: de Técnico a grado superior, y de Técnico Superior a la universidad sin prueba de acceso.
- El coste y las ayudas dependen del centro y de la convocatoria de cada año.
Referencias
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. (2006). Boletín Oficial del Estado, 106, de 4 de mayo de 2006 (texto consolidado). https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-7899
Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional. (2022). Boletín Oficial del Estado, 78, de 1 de abril de 2022. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-5139
Real Decreto 534/2024, de 11 de junio, por el que se regulan los requisitos de acceso a las enseñanzas universitarias oficiales de Grado, las características básicas de la prueba de acceso y la normativa básica de los procedimientos de admisión. (2024). Boletín Oficial del Estado, 142, de 12 de junio de 2024 (texto consolidado). https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2024-11858