La FP española ya tenía prácticas en empresa antes de la LOGSE, aunque eran voluntarias. Hoy tiene contratos formativos con salario. Este artículo cuenta el camino: de las prácticas de verano de los años setenta al módulo de FCT de 1990 y al contrato de formación en alternancia de 2021.
Se apoya en artículos de historia de la FP y en la norma reciente. Los datos de 1980 a 2012 están por verificar.
14.1 Antes de la LOGSE (1970-1990)
Con la Ley General de Educación de 1970 se empezaron, de forma experimental, prácticas en empresas para el alumnado de FP, con la ayuda de asociaciones empresariales. Según un artículo, esas prácticas:
- se daban solo en FP2;
- se hacían solo en verano;
- eran voluntarias.
Hasta la LOGSE, la relación entre centro y empresa era casi nula; se reducía a prácticas voluntarias del alumnado (informe sobre la FCT).
14.2 1990: las prácticas se hacen obligatorias
La LOGSE (1990) obliga a que el currículo de la FP específica incluya una fase de formación práctica en los centros de trabajo:
Norma«El currículo de las enseñanzas de formación profesional específica incluirá una fase de formación práctica en los centros de trabajo, de la cual podrán quedar total o parcialmente exentos quienes hayan acreditado la experiencia profesional según se establece en el apartado b) del artículo 32.2 de esta ley.»
El Real Decreto 676/1993 la convierte en un módulo:
Norma«el currículo de los ciclos formativos incluirá un módulo de formación práctica en centros de trabajo, del cual podrán quedar total o parcialmente exentos quienes acrediten una experiencia laboral que se corresponda con los estudios profesionales que se deseen cursar.»
Es el gran cambio: de práctica voluntaria y de verano a módulo obligatorio y evaluado, que después se conocerá como FCT. Hoy se llama formación en empresa u organismo equiparado (FEOE).
14.3 Dos cosas distintas: la práctica y el contrato
Conviene separar:
| Práctica académica | Contrato formativo | |
|---|---|---|
| Qué es | Parte de los estudios | Contrato de trabajo con fin formativo |
| Quién la hace | Todo el alumnado de los ciclos | Quien firma un contrato con una empresa |
| Cobra | No (puede haber beca) | Sí, un salario |
| Se rige por | Normas educativas | Estatuto de los Trabajadores |
14.4 Los contratos para la formación
- La tradición del contrato de aprendiz viene de los gremios y de los contratos de Don Bosco (2.1, 2.4).
- Con el Estatuto de los Trabajadores (Ley 8/1980) y su reforma (Ley 32/1984) hay contratos «en prácticas» y «para la formación»; el Real Decreto 1992/1984 los regula. Los cambios de 1994, 1997 y 2011 están por verificar.
- El Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, «desarrolla el contrato para la formación y el aprendizaje y establece las bases de la formación profesional dual» (BOE-A-2012-13846).
- El Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre (reforma laboral, publicado en el BOE el 30 de diciembre de 2021) cambió el artículo 11 del Estatuto de los Trabajadores. Deja dos modalidades de contrato formativo: en alternancia con los estudios y para obtener una práctica profesional (BOE-A-2021-21788).
- La reforma del artículo 11 entró en vigor a los tres meses de la publicación (disposición final octava), es decir, el 30 de marzo de 2022; el resto de la norma, al día siguiente.
- El contrato en alternancia dura entre 3 meses y 2 años (art. 11.2.g del ET). El límite de 30 años solo se fija para los contratos en certificados de profesionalidad de nivel 1 y 2 y en programas de empleo-formación.
- El Real Decreto 1065/2025, de 26 de noviembre, desarrolla el artículo 11 del Estatuto (BOE-A-2025-24011). Se publicó el 27 de noviembre de 2025 y entró en vigor a los veinte días, el 17 de diciembre.
14.5 Una línea del tiempo en una frase
Prácticas voluntarias de verano (años 70) → módulo obligatorio de FCT (1990) → alternancia en toda la FP y contrato formativo (2021-2022). El contrato de alternancia es la forma laboral de la misma idea que la FP dual hace con el centro.
En resumen
- En los años setenta había prácticas experimentales, solo en FP2, en verano y voluntarias.
- La LOGSE (1990) convierte las prácticas en un módulo obligatorio de FCT.
- La práctica es parte de los estudios; el contrato formativo es un contrato de trabajo.
- Desde la reforma de 2021 hay un único contrato formativo en alternancia, de 16 a 30 años.
- Fechas de 1980 a 2012 y de entrada en vigor, por verificar en el BOE.
Referencias
Dialnet. (s. f.). De la formación y el aprendizaje a la formación en alternancia: un análisis de la incidencia del Real Decreto-ley 32/2021 en el contrato formativo. https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=8516506
Fundación Exit. (s. f.). Contrato de formación y aprendizaje: ¿qué es y en qué consiste? https://fundacionexit.org/contrato-de-formacion-y-aprendizaje-que-es-y-en-que-consiste/
Padres y Maestros. (s. f.). [Artículo sobre la formación profesional y las prácticas en la reforma]. Universidad Pontificia Comillas. https://revistas.comillas.edu/index.php/padresymaestros/article/download/4427/4245/10094
Real Decreto-ley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo. Boletín Oficial del Estado, 313, de 30 de diciembre de 2021. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2021-21788
Real Decreto 1065/2025, de 26 de noviembre, por el que se desarrolla el régimen del contrato formativo, previsto en el artículo 11 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Boletín Oficial del Estado, de 27 de noviembre de 2025. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2025-24011
Resolución 25/2026, de 16 de julio, de la Dirección General de Formación Profesional de La Rioja. Boletín Oficial de La Rioja, 137, de 21 de julio de 2026 (cita el Real Decreto 1065/2025). https://www.larioja.org/educarioja-fp/es/estancias-empresas-seguridad-social/estancias-empresas