En el sistema actual se aprende de tres maneras: en el centro de formación, en la empresa y por la experiencia laboral. Esta última se puede acreditar oficialmente. Este artículo explica cómo se combinan.
Las citas son de la Ley Orgánica 3/2022.
1.3.1 En el centro y en la empresa
La FP de los grados C y D es dual: parte de la formación se hace en una empresa.
Norma«Toda la oferta de formación profesional de los Grados C y D vinculada al Catálogo Nacional de Estándares de Competencias Profesionales tendrá carácter dual, incorporando una fase de formación en empresa u organismo equiparado.»
Fuente: Ley Orgánica 3/2022, art. 55.1 (BOE, 78, de 1 de abril de 2022)
Centro y empresa comparten la formación:
Norma«El carácter dual de la Formación Profesional se desarrollará mediante una distribución adecuada de los procesos formativos entre los centros de formación profesional y las empresas u organismos equiparados, contribuyendo ambos al logro de las competencias previstas en cada oferta de formación.»
Fuente: Ley Orgánica 3/2022, art. 55.2 (BOE, 78, de 1 de abril de 2022)
La fase en empresa tiene una duración mínima:
Norma«La fase de formación en la empresa tendrá una duración mínima del 25 % de la duración total prevista de la formación»
Fuente: Ley Orgánica 3/2022, art. 55.5 (BOE, 78, de 1 de abril de 2022)
Los detalles (regímenes, plan de formación, tutores) están en los artículos 3.2 y 3.3.
1.3.2 Por la experiencia laboral
No hace falta pasar por un aula para que una competencia cuente. La ley crea un procedimiento de acreditación:
Norma«Las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral u otras vías no formales o informales podrán ser identificadas, evaluadas y acreditadas oficialmente por el procedimiento regulado en este título.»
Fuente: Ley Orgánica 3/2022, art. 90.1 (BOE, 78, de 1 de abril de 2022)
Está pensado para:
Norma«El procedimiento previsto en el artículo anterior tendrá como destinataria la población activa con experiencia laboral y sin acreditación, certificado o título profesionalizante de todas o parte de sus competencias profesionales»
Fuente: Ley Orgánica 3/2022, art. 91.1 (BOE, 78, de 1 de abril de 2022)
1.3.3 Cómo funciona la acreditación
Sus rasgos principales (art. 92):
- Es un procedimiento abierto de forma permanente para cualquier estándar del Catálogo.
- La acreditación mínima es un estándar de competencia.
- La administración resuelve en seis meses. Si no responde, el silencio es negativo.
- El procedimiento incluye una propuesta de itinerario formativo para completar un certificado o un título.
Y sus efectos (art. 93):
Norma«La acreditación de un estándar de competencia adquirido por experiencia laboral u otras vías no formales o informales tendrá la condición de acreditación parcial acumulable»
Fuente: Ley Orgánica 3/2022, art. 93.3 (BOE, 78, de 1 de abril de 2022)
Esas acreditaciones se suman a las obtenidas en formación y constan en el Informe Formativo-Profesional de cada persona (art. 93.4).
| Vía | Qué consigues |
|---|---|
| Formación en centro y empresa | Un título, un certificado profesional o un certificado de competencia |
| Experiencia laboral | Acreditaciones parciales acumulables de estándares de competencia |
En resumen
- Los grados C y D son duales: incluyen una fase en empresa de al menos el 25 %.
- La experiencia laboral se puede acreditar oficialmente por un procedimiento abierto de forma permanente.
- Cada acreditación es parcial y acumulable y se inscribe en el Registro Estatal.
- El procedimiento propone un itinerario para completar un título o certificado.
Referencias
Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional. (2022). Boletín Oficial del Estado, 78, de 1 de abril de 2022, 43546-43625. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2022-5139