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Anexo de Asturias

Revisado el 2026-10-18.

Anexo del Principado de Asturias del libro «Programación didáctica en FP». Recoge lo que cambia en Asturias respecto a la norma estatal explicada en los capítulos 1 a 17. Todas las citas son literales y verificadas contra el texto oficial, con enlace a la norma.

00. Estado del estudio

0.1 Qué se ha leído, qué no y qué no se ha comprobado

Esta sección declara con total transparencia los límites de este anexo. Comprueba siempre el texto consolidado en el boletín oficial.

Se ha leído:

  • Decreto 103/2025, de 25 de agosto: leídos los artículos 1, 5, 6, 9 y 12, las disposiciones finales y el anexo IV.c.
  • Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II, Formación Profesional (edición de 15 de julio de 2026): leídos los apartados de formación en empresa, evaluación, promoción, asistencia, programación docente y proyecto intermodular.

No se ha leído:

  • El reglamento de formación en empresa y de régimen intensivo que el decreto promete (disposiciones finales segunda y tercera): no se ha localizado.
  • Los anexos de currículos del decreto (cientos de páginas): horario y contenidos de tu módulo.
  • Los anexos de procedimientos de la intranet educativa (reclamación, anulación de matrícula, convocatoria excepcional): faltan plazos.
  • La Resolución de 2021 (modalidades a distancia y semipresencial) y la de 2009 citada en el decreto.

No se ha comprobado:

  • Modificaciones posteriores del decreto.
  • Que la circular siga vigente: es una instrucción administrativa, no se publica en el boletín oficial, tiene menos rango que un decreto y cambia cada curso; hay que repasarla cada septiembre.
  • El plazo de conservación de las pruebas y el porcentaje de faltas que haga perder la evaluación continua: no se localizaron.
  • La numeración del anexo del plan de formación del RD 659/2023 que cita la circular: parece un error de la circular, no confirmado.

Los cuadros «Comparación con Aragón» y las recomendaciones prácticas son redacción propia, no norma.

01. Norma que rige

1.1 Normas estatales y autonómicas aplicables

Además de la LO 3/2022 y el RD 659/2023 (capítulo 1), en Asturias rigen:

Norma

«El presente decreto tiene por objeto establecer el diseño, la organización general y el currículo de las ofertas formativas de los Grados D y E»

Fuente: Decreto 103/2025 (Asturias), art. 1.1

El decreto deja pendiente la regulación de la formación en empresa:

Norma

«La Consejería competente en materia educativa regulará reglamentariamente la fase de formación en empresa u organismo equiparado a la que se refiere el artículo 12 del presente decreto en un plazo máximo de un año contado a partir de su entrada en vigor.»

Fuente: Decreto 103/2025 (Asturias), disposición final segunda

Mientras tanto, la parte operativa de cada curso se concreta en la circular de inicio de curso, cuyo anexo II trata la Formación Profesional.

1.2 Dónde se publican y cómo consultarlas

NormaPublicaciónEnlace
Decreto 103/2025, de 25 de agosto (diseño, organización general y currículo)BOPA 165, 27-08-2025BOPA (PDF)
Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II, Formación Profesional (edición 15-07-2026)No publicada en el BOPA; instrucción de la Consejería en EducasturEducastur (PDF)

Texto consultado: PDF oficial, octubre de 2026.

02. Currículo y programación

2.1 Currículo y horario de tu título

El currículo y el horario de cada módulo están en los anexos del decreto:

Norma

«El currículo correspondiente a cada uno de los módulos de la oferta formativa del Grado D (ciclos formativos de grado básico, grado medio y grado superior) será el que se relaciona en los anexos II y III del presente decreto.»

Fuente: Decreto 103/2025 (Asturias), art. 5.4

Norma

«La duración, expresada en horas totales, y la adscripción de los precitados módulos al primer y segundo curso serán las establecidas en el anexo IV.a del presente decreto.»

Fuente: Decreto 103/2025 (Asturias), art. 5.4

El horario y los contenidos concretos de tu módulo están en esos anexos, que no se han analizado en este estudio. Búscalos por el nombre del título.

2.2 Contenido mínimo de la programación

La circular lo llama programación docente y enumera sus elementos mínimos:

Norma

«serán elaboradas por los órganos de coordinación docente que corresponda y en ellas se recogerán al menos los siguientes elementos:»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 6.1

Son doce apartados (de la a) a la l)): resultados de aprendizaje, criterios y contenidos (con la educación en valores y la igualdad); secuenciación y distribución temporal; resultados que se adquieren en la empresa; relación entre competencias, objetivos y resultados; actividades y evaluación de los resultados compartidos con la empresa; actividades de riesgo y medidas de prevención; metodología; procedimientos e instrumentos de evaluación; criterios de calificación; programas de recuperación; atención a la diversidad; y actividades complementarias y extraescolares. Tres tienen especial importancia práctica:

Norma

«Las actividades formativas que revistan riesgo individual o colectivo, así como los equipos de protección individual obligatorios y las medidas de prevención específicas que el alumnado deberá implementar para su desarrollo con garantía de seguridad.»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 6.1

Norma

«Los criterios de calificación que, a partir de los resultados de aprendizaje y criterios de evaluación del módulo profesional, establezcan las condiciones para obtener una evaluación positiva, especificando la integración en el módulo de la valoración del periodo de formación en empresa u organismo equiparado.»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 6.1

Norma

«Las actividades, tareas y/o pruebas que formarán parte de los programas de recuperación, así como el procedimiento de evaluación y calificación de las mismas»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 6.1

Y el decreto anima a un modelo de programación abierto:

Norma

«Se promoverá la elaboración de modelos abiertos de programación docente, con la implantación de metodologías activas basadas en proyectos y retos, próximas a la realidad productiva»

Fuente: Decreto 103/2025 (Asturias), art. 9.2

2.3 Concreción curricular y publicidad de la programación

En Asturias la programación forma parte de la concreción curricular del proyecto educativo (o proyecto funcional) del centro:

Norma

«que formarán parte de la concreción del currículo incluida en el proyecto educativo o, en su caso, proyecto funcional del centro docente»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 6.1

Y los centros deben publicarla al inicio del curso:

Norma

«los centros docentes darán a conocer al inicio de las actividades lectivas sus programaciones docentes, al menos a través de sus tablones de anuncios y de la página web del centro»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 2.19

03. Evaluación y calificación

3.1 Convocatorias y permanencia

En los Grados D y E hay una convocatoria extraordinaria por módulo y, en ciclos de grado medio y superior, una convocatoria excepcional:

Norma

«En las ofertas de Grados D y E, podrá concederse una convocatoria extraordinaria para cada módulo a quienes hayan agotado las convocatorias previstas»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 2.6

Norma

«se podrá conceder una convocatoria excepcional para que el alumnado pueda completar los estudios correspondientes cuando únicamente tenga pendiente de superación módulos que en su conjunto no superen el 25% de la carga horaria total del ciclo formativo»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 2.6

La permanencia es de dos cursos más que la duración del ciclo:

Norma

«podrán permanecer cursando un ciclo de grado medio o superior (ofertas de Grado D) durante un máximo de dos cursos académicos, consecutivos o no, más que la duración prevista para el ciclo formativo»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 5.1

Las sesiones de evaluación se recogen en acta:

Norma

«De cada una de las sesiones de evaluación se levantará la correspondiente acta de desarrollo de la sesión»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 2.8

Asistencia. En las normas leídas no se ha localizado un porcentaje de faltas que haga perder la evaluación continua. Lo que fija la circular es la anulación de matrícula por absentismo:

Norma

«cuando el absentismo injustificado del alumno o la alumna supere:»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 5.3

El apartado fija veinte días lectivos (ininterrumpidos, o con actividades presenciales programadas). Pregunta a tu equipo directivo cómo se aplica en tu centro.

3.2 Nota y redondeo

Norma

«La calificación de los módulos profesionales y, en su caso, del proyecto estará en función de la consecución de los resultados de aprendizaje y será numérica, entre uno y diez, sin decimales»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 2.4

La programación debe incluir el sistema de calificación y el método de valorar la empresa:

Norma

«La programación docente de cada módulo profesional o ámbito deberá incluir el sistema de evaluación y calificación, especificando los criterios de calificación en función del grado de adquisición de los resultados de aprendizaje»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 2.4

Norma

«deberá detallar el método a través del cual se valorarán los resultados de aprendizaje verificados en la formación en empresa u organismo equiparado, indicando la forma en que se integrarán estos resultados en la calificación final del módulo.»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 2.4

Y establece una regla de cobertura muy útil:

Norma

«Todos los criterios de evaluación deberán estar asociados a uno o más procedimientos e instrumentos de evaluación.»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 2.3

El redondeo de la nota final del ciclo es el mismo que en Aragón:

Norma

«con redondeo a la centésima más próxima, y en caso de equidistancia, a la superior»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 2.20

La conversión a entero de la media de los resultados de aprendizaje de un módulo no se precisa en lo leído: tu programación debe decir qué haces (capítulo 10).

3.3 Promoción, recuperación y titulación

La promoción en Asturias se mide por carga horaria superada:

Norma

«promocionará al segundo curso el alumnado que haya superado todos los módulos del primer curso, y aquel que al menos haya obtenido una calificación positiva en los módulos profesionales del primer curso cuya carga horaria curricular suponga al menos el 75% de las horas de dicho curso.»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 2.14

Norma

«No computará a estos efectos el módulo de Proyecto intermodular del primer curso.»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 2.14

Quien promociona con módulos pendientes sigue un programa de recuperación, y quien no supera un módulo en la primera evaluación final hace pruebas de recuperación:

Norma

«Cuando el alumno promocione al segundo curso con módulos no superados del primer curso, deberá seguir un programa de recuperación y realizar unas pruebas de recuperación»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 2.16

Norma

«Cuando un alumno o una alumna no supere algún módulo profesional en la primera evaluación final del primer o del segundo curso, deberá realizar unas pruebas de recuperación»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 2.16

Y la titulación exige aprobar todo:

Norma

«La superación de cualquier oferta formativa requerirá la evaluación positiva en el módulo o los módulos profesionales y, en su caso, proyecto o ámbitos, si es el caso, que lo componen.»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 2.20

3.4 Reclamaciones y documentos

El alumnado puede pedir aclaraciones y reclamar:

Norma

«cuantas aclaraciones consideren precisas acerca de las valoraciones que se realicen sobre su proceso de aprendizaje, así como para formular reclamaciones contra las calificaciones o decisiones finales»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 2.19

El procedimiento y los plazos de reclamación están en un anexo de la intranet educativa de la Consejería, que no se ha leído; pregunta a tu equipo directivo. En las normas leídas tampoco figura el plazo de conservación de las pruebas.

04. Formación en empresa

4.1 Duración y fechas

El decreto fija la duración y su reparto por cursos en un anexo:

Norma

«500 horas (25% de la duración total del ciclo formativo), distribuidas con carácter general en dos períodos, uno de 120 horas en el primer curso y otro de 380 horas en segundo curso.»

Fuente: Decreto 103/2025 (Asturias), anexo IV.c

En el régimen intensivo son 700 horas (250 en primero y 450 en segundo). La formación en empresa de los ciclos de grado medio y superior incluye entre el 10 y el 20 % de los resultados de aprendizaje (mismo anexo). Y la circular fija el régimen por defecto:

Norma

«Con carácter general, la formación en empresa u organismo equiparado de las ofertas de Grados C, D y en su caso, E se realizará en régimen general.»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 1.4

Norma

«el alumnado deberá tener cumplidos los dieciséis años y haber superado la formación en prevención de riesgos laborales»

Fuente: Decreto 103/2025 (Asturias), art. 12.2

4.2 Plan de formación y tutores

El plan de formación lo diseñan los tutores y el equipo docente:

Norma

«El tutor o tutora dual del centro y el tutor o tutora de empresa trabajarán de manera coordinada junto al resto del equipo docente para diseñar el plan de formación»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 1.3

Y el tutor de empresa valora los resultados y emite un informe cualitativo:

Norma

«y realizará una valoración cualitativa de la estancia formativa de la persona y sus competencias profesionales y para la empleabilidad»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 1.12

El plan fija qué resultados de aprendizaje se desarrollan en el centro, en la empresa o conjuntamente (apartado 1.3.4 de la circular).

4.3 Exenciones y convalidaciones

La circular dedica apartados a la exención de la formación en empresa (1.11) y a las convalidaciones y exenciones (apartado 4). No se han desarrollado en este anexo. Si un alumno queda exento, los resultados de aprendizaje compartidos deben evaluarse con otras evidencias dentro del centro (capítulo 12).

05. Proyecto intermodular

5.1 Cómo se organiza

Norma

«Proyecto intermodular que tendrá carácter integrador de las competencias adquiridas, y será uno durante el ciclo formativo.»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 6.3

Se desarrolla durante los dos cursos del ciclo y el equipo docente fija los retos:

Norma

«El proyecto intermodular se desarrollará durante los dos cursos en que se organiza la enseñanza de los ciclos formativos de grado básico, medio y superior.»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 6.3

Norma

«El equipo docente establecerá uno o varios retos, proyectos o problemas para desarrollar en el módulo proyecto.»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 6.3

5.2 Evaluación y defensa

El proyecto se evalúa como el resto de módulos durante los dos cursos y se califica al final del segundo:

Norma

«La evaluación final del primer curso tendrá carácter de evaluación parcial para el Proyecto intermodular.»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 6.4

Norma

«Puesto que el proyecto intermodular es único (un único código) será evaluado y calificado con carácter final al término del segundo curso, indistintamente de su desarrollo durante los dos cursos del ciclo.»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 6.4

En lo leído, la circular solo menciona la defensa para las modalidades semipresencial y virtual, donde debe ser presencial:

Norma

«la presentación y defensa del proyecto se realizará de forma presencial.»

Fuente: Circular de inicio de curso 2026-2027, anexo II (Asturias), apartado 6.4

Referencias

Circular de inicio de curso 2026-2027. Anexo II. Formación Profesional (edición de 15 de julio de 2026). (2026). Consejería de Educación del Principado de Asturias. https://www.educastur.es/documents/34868/38433/Anexo_II_FP.pdf

Decreto 103/2025, de 25 de agosto, por el que se regula el diseño, la organización general y el currículo de las ofertas formativas del Sistema de Formación Profesional en el Principado de Asturias. (2025). Boletín Oficial del Principado de Asturias, 165, de 27 de agosto de 2025. https://miprincipado.asturias.es/bopa/2025/08/27/2025-07197.pdf

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